martes, 20 de octubre de 2015

Documento de "Trata con fines de explotación sexual en Tenerife" (1ª parte)

Con motivo del 18 de octubre como "Día Europeo de lucha contra la TRATA" nos proponemos dar a conocer en sucesivos artículos el documento que un equipo de personas vinculadas a Justicia y Paz Tenerife y a otras instituciones compusieron hace ya unos pocos años.

INTRODUCCIÓN.

Presentación.

El trabajo para la elaboración del presente documento comienza en el mes de Abril del año 2012, producto de la iniciativa de miembros de Justicia y Paz en Tenerife, después de la lectura  del Informe “Trata de Personas con fines de Explotación Sexual y propuestas de Acción Social  y Pastoral", editado en Madrid en el año 2010 por Cáritas española.

Como ellos, (Confer, Cáritas, Justicia y Paz y los Secretariados  de las Comisiones Episcopales de Migraciones y Pastoral Social de la Confederación Episcopal) entidades  de la Iglesia, un grupo de personas de Tenerife, vinculadas a lo social y  algunos miembros de Justicia y Paz, nos sentimos profundamente preocupados  por la realidad de la trata de personas con fines de explotación sexual y por ello,  creamos este grupo de trabajo para intentar, aquí en Tenerife estudiar, en la medida de lo posible,  la realidad  de este fenómeno.

Presentamos en este documento el resultado de un proceso de reflexión colectiva y el compromiso firme de luchar contra este fenómeno. Los motivos de esta profunda preocupación son varios:

Las dimensiones crecientes  de la trata, su estrecha relación con el fenómeno migratorio, sus características de situación de esclavitud presente  en nuestra sociedad y de grave violación de la dignidad y de los derechos humanos, su complejidad y por último, sus vinculaciones internacionales.

La Iglesia viene abordando esta realidad  a través de la reflexión y de la acción social directa con las victimas desde hace muchos años. Su inquietud y sus respuestas  a este fenómeno se han multiplicado y adecuado a la realidad  de manera especial en las dos últimas décadas, a través de la observación, de primera mano, del cambio ocurrido y el aumento de estas situaciones.  Por esta razón, se ha visto la necesidad de manifestar de forma conjunta un posicionamiento claro  y un llamamiento  a la comunidad cristiana  y a toda la sociedad para luchar eficaz y decididamente contra la trata de seres humanos con fines de explotación sexual.

En estos momentos de grave crisis económica mundial, la preocupación de las entidades eclesiales se hace todavía más fuerte por las consecuencias  que está teniendo y tendrá sobre los sectores más vulnerables de la población, que, por falta de oportunidades, se vuelven, cada vez más, potenciales víctimas de las redes de trata.

Aun siendo conscientes, de la existencia y gravedad de otros fines de la trata, como son la explotación laboral, la servidumbre, la mendicidad, el matrimonio forzoso y el tráfico de órganos, se decidió focalizar la atención  y la acción hacia la trata con fines de explotación sexual por ser el tipo  de explotación más frecuente, según  la percepción derivada de la experiencia directa de trabajo en este ámbito y que procede de la labor realizada  en muchos lugares de España con las mujeres en contexto de prostitución. La vinculación entre estos dos fenómenos, es más que evidente; sin embargo, este informe se centra en el problema de la trata, desde la defensa del respeto a la dignidad humana por encima de todo.

Por todo lo expuesto, nos planteamos conocer, analizar y difundir la realidad de la trata de personas con fines de explotación sexual en nuestro entorno y especialmente a nivel insular, como objetivo inicial, al que esperamos haber dado respuesta, en un primer acercamiento con el  documento que presentamos a continuación.

Marco general de la TRATA con fines de explotación sexual.

La trata de seres humanos es una de las más graves violaciones de derechos humanos, que somete a las personas más vulnerables a la explotación, utilizándolas como mercancía que se puede comprar y vender. Es el segundo negocio ilegal más lucrativo del mundo y una de las fuentes económicas más importantes del crimen organizado, desarrollándose a través de las fronteras internacionales.
El Protocolo de Palermo define la trata de seres humanos de la siguiente manera:
“La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción depagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tengaautoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, comomínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotaciónsexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas ala esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.”

Para entender a qué nos referimos cuando nombramos la trata de personas es importante diferenciarla de otros fenómenos. Uno de los conceptos con los que suele confundirse es con el tráfico de personas, confusión común en el mundo hispanohablante por la traducción literal que suele hacerse del inglés:
Trata de personas  = trafficking in persons.
Tráfico de inmigrantes  = smuggling of migrants.

El Protocolo sobre los/as migrantes, del año 2006, define el tráfico como “la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material”.

Tanto el tráfico ilícito de migrantes como la trata de personas implican el movimiento de seres humanos con el objeto de obtener beneficioy tienen aspectos penales sincrónicos, aunque son delitos distintos. Hay cuatro  aspectos importantes que los diferencian:
  1. Consentimiento: El tráfico ilegal de personas, pese a desarrollarse a menudo en condiciones degradantes o peligrosas, implica el consentimiento de las mismas a ponerse en manos de la red de traficantes. La trata de seres humanos nunca es consentida o, de haber mediado consentimiento inicial, el mismo se ha producido mediante coacción, engaño o abuso.
  2. Explotación: El tráfico ilegal termina con la llegada de los traficadosa su destino. La trata de seres humanos implica una posterior explotación de las víctimas con la finalidad de obtener beneficios económicos.
  3. Transnacionalidad: El tráfico ilegal de emigrantes es siempre transnacional mientras que la trata de seres humanos puede producirse entre distintas zonas de un mismo país.
  4. Vulneración: El tráfico ilegal infringe las leyes fronterizas de los Estados, mientras que la Trata vulnera los derechos fundamentales de las personas.

TRÁFICO
TRATA

Consentimiento[1]
Existe consentimiento en esetráfico.

Nunca han consentido o, el consentimiento se ha adquirido con el uso de coacciones, engaño, amenaza o uso de la fuerza.
Explotación
Termina con la llegada de los migrantes a su destino.
Implica la explotación persistente de lasvíctimas.

Origen de las víctimas
Es siempre transnacional.
Su procedencia puede ser local/nacional como transnacional. 
Vulnera
Las leyes fronterizas del Estado.
Los Derechos Humanos

Aunque en su significado más amplio,  la trata incluye múltiples formas de explotación, es la trata con fines de explotación sexual en la que se centra este documento, por ser una de las prácticas más comunes y sangrantes de esta lacra mundial.


[1] En muchos casos de trata hay un consentimiento o cooperación iniciales, seguido después por una situación de coacción, abuso o explotación. Todo consentimiento inicial queda efectivamente anulado cuando comienza el engaño, sigue la coacción o hay abuso de poder en algún momento del proceso y el consentimiento carece de relevancia en caso de menores, conforme al apartado b) del artículo 3 del Protocolo contra la trata de personas.

PARA AMPLIAR O CONTRASTAR:

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