Con motivo del 18 de octubre como "Día Europeo de lucha contra la TRATA" nos proponemos dar a conocer en sucesivos artículos el documento que un equipo de personas vinculadas a Justicia y Paz Tenerife y a otras instituciones compusieron hace ya unos pocos años.
INTRODUCCIÓN.
INTRODUCCIÓN.
Presentación.
El
trabajo para la elaboración del presente documento comienza en el mes de Abril
del año 2012, producto de la iniciativa de miembros de Justicia y Paz en
Tenerife, después de la lectura del
Informe “Trata de Personas con fines de Explotación Sexual y propuestas de
Acción Social y Pastoral", editado en
Madrid en el año 2010 por Cáritas española.
Como
ellos, (Confer, Cáritas, Justicia y Paz y los Secretariados de las Comisiones Episcopales de Migraciones
y Pastoral Social de la Confederación Episcopal) entidades de la Iglesia, un grupo de personas de
Tenerife, vinculadas a lo social y
algunos miembros de Justicia y Paz, nos sentimos profundamente
preocupados por la realidad de la trata
de personas con fines de explotación sexual y por ello, creamos este grupo de trabajo para intentar,
aquí en Tenerife estudiar, en la medida de lo posible, la realidad
de este fenómeno.
Presentamos
en este documento el resultado de un proceso de reflexión colectiva y el
compromiso firme de luchar contra este fenómeno. Los motivos de esta profunda
preocupación son varios:
Las
dimensiones crecientes de la trata, su
estrecha relación con el fenómeno migratorio, sus características de situación
de esclavitud presente en nuestra
sociedad y de grave violación de la dignidad y de los derechos humanos, su
complejidad y por último, sus vinculaciones internacionales.
La
Iglesia viene abordando esta realidad a
través de la reflexión y de la acción social directa con las victimas desde
hace muchos años. Su inquietud y sus respuestas
a este fenómeno se han multiplicado y adecuado a la realidad de manera especial en las dos últimas
décadas, a través de la observación, de primera mano, del cambio ocurrido y el
aumento de estas situaciones. Por esta
razón, se ha visto la necesidad de manifestar de forma conjunta un
posicionamiento claro y un
llamamiento a la comunidad
cristiana y a toda la sociedad para
luchar eficaz y decididamente contra la trata de seres humanos con fines de
explotación sexual.
En
estos momentos de grave crisis económica mundial, la preocupación de las
entidades eclesiales se hace todavía más fuerte por las consecuencias que está teniendo y tendrá sobre los sectores
más vulnerables de la población, que, por falta de oportunidades, se vuelven,
cada vez más, potenciales víctimas de las redes de trata.
Aun
siendo conscientes, de la existencia y gravedad de otros fines de la trata,
como son la explotación laboral, la servidumbre, la mendicidad, el matrimonio
forzoso y el tráfico de órganos, se decidió focalizar la atención y la acción hacia la trata con fines de
explotación sexual por ser el tipo de
explotación más frecuente, según la percepción
derivada de la experiencia directa de trabajo en este ámbito y que procede de
la labor realizada en muchos lugares de
España con las mujeres en contexto de prostitución. La vinculación entre estos
dos fenómenos, es más que evidente; sin embargo, este informe se centra en el
problema de la trata, desde la defensa del respeto a la dignidad humana por
encima de todo.
Por
todo lo expuesto, nos planteamos conocer, analizar y difundir la realidad de la
trata de personas con fines de explotación sexual en nuestro entorno y
especialmente a nivel insular, como objetivo inicial, al que esperamos haber
dado respuesta, en un primer acercamiento con el documento que presentamos a continuación.
Marco general de la TRATA con fines de explotación sexual.
La
trata de seres humanos es una de las más graves violaciones de derechos
humanos, que somete a las personas más vulnerables a la explotación,
utilizándolas como mercancía que se puede comprar y vender. Es el segundo
negocio ilegal más lucrativo del mundo y una de las fuentes económicas más
importantes del crimen organizado, desarrollándose a través de las fronteras
internacionales.
El
Protocolo de Palermo define la trata de
seres humanos de la siguiente manera:
“La
captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas,
recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al
rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de
vulnerabilidad o a la concesión o recepción depagos o beneficios para obtener
el consentimiento de una persona que tengaautoridad sobre otra, con fines de
explotación. Esa explotación incluirá, comomínimo, la explotación de la
prostitución ajena u otras formas de explotaciónsexual, los trabajos o
servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas ala esclavitud, la
servidumbre o la extracción de órganos.”
Para
entender a qué nos referimos cuando nombramos la trata de personas es
importante diferenciarla de otros fenómenos. Uno de los conceptos con los que
suele confundirse es con el tráfico de personas, confusión común en el mundo
hispanohablante por la traducción literal que suele hacerse del inglés:
Trata
de personas = trafficking in persons.
Tráfico
de inmigrantes = smuggling of migrants.
El
Protocolo sobre los/as migrantes, del año 2006, define el tráfico como “la
facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual
dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener,
directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden
material”.
Tanto
el tráfico ilícito de migrantes como la trata de personas implican el movimiento
de seres humanos con el objeto de obtener beneficioy tienen aspectos penales
sincrónicos, aunque son delitos distintos. Hay cuatro aspectos importantes que los diferencian:
- Consentimiento: El tráfico ilegal de personas, pese a desarrollarse a menudo en condiciones degradantes o peligrosas, implica el consentimiento de las mismas a ponerse en manos de la red de traficantes. La trata de seres humanos nunca es consentida o, de haber mediado consentimiento inicial, el mismo se ha producido mediante coacción, engaño o abuso.
- Explotación: El tráfico ilegal termina con la llegada de los traficadosa su destino. La trata de seres humanos implica una posterior explotación de las víctimas con la finalidad de obtener beneficios económicos.
- Transnacionalidad: El tráfico ilegal de emigrantes es siempre transnacional mientras que la trata de seres humanos puede producirse entre distintas zonas de un mismo país.
- Vulneración: El tráfico ilegal infringe las leyes fronterizas de los Estados, mientras que la Trata vulnera los derechos fundamentales de las personas.
TRÁFICO
|
TRATA
|
|
Consentimiento[1]
|
Existe
consentimiento en esetráfico.
|
Nunca han consentido
o, el consentimiento se ha adquirido con el uso de coacciones, engaño,
amenaza o uso de la fuerza.
|
Explotación
|
Termina con la
llegada de los migrantes a su destino.
|
Implica la
explotación persistente de lasvíctimas.
|
Origen de las víctimas
|
Es siempre
transnacional.
|
Su procedencia puede
ser local/nacional como transnacional.
|
Vulnera
|
Las leyes
fronterizas del Estado.
|
Los Derechos Humanos
|
Aunque
en su significado más amplio, la trata
incluye múltiples formas de explotación, es la trata con fines de explotación
sexual en la que se centra este documento, por ser una de las prácticas más
comunes y sangrantes de esta lacra mundial.
[1] En
muchos casos de trata hay un consentimiento o cooperación iniciales, seguido
después por una situación de coacción, abuso o explotación. Todo consentimiento
inicial queda efectivamente anulado cuando comienza el engaño, sigue la
coacción o hay abuso de poder en algún momento del proceso y el consentimiento
carece de relevancia en caso de menores, conforme al apartado b) del artículo 3
del Protocolo contra la trata de personas.
PARA AMPLIAR O CONTRASTAR:
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