La Reforma
de la Ley Orgánica de Extranjería del año 2009 fijaba al Gobierno de ese momento un plazo de seis meses para aprobar un
Reglamento que desarrollara el régimen de internamiento de los extranjeros,
tras décadas sin una regulación completa del funcionamiento de los CIE.
El Servicio
Jesuita a Migrantes España y Cáritas Española apostamos por una sociedad
inclusiva y acogedora con los inmigrantes, donde cada vez tengan menos espacios
unos planteamientos contrarios a la sociedad plural y diversa que ya somos, y a
la que convocamos a seguir construyendo entre todos.
Cuatro años
y algunos meses después contamos con una regulación de los Centros de
Internamiento y nos agrada descubrir que el texto aprobado es, sin duda, mejor
que los textos iniciales.
Queremos
señalar que la existencia de este Reglamento beneficia tanto a las personas
internas como a los funcionarios y demás personal de los centros pero, sobre
todo, nos beneficia a todos como sociedad.
Durante los
dos años de elaboración de este nuevo reglamento ha habido numerosas consultas con organismos de la Administración del Estado,
Congreso de los Diputados y organizaciones sociales, que trabajan con
inmigrantes y visitan a diario a las personas internas en los CIE. Hay también
numerosas resoluciones de los Juzgados de control buscando corregir las
deficiencias del modelo y garantizar los derechos de las personas internas, así
como recomendaciones de la Defensoría del Pueblo y de Fiscalía sobre
condiciones de internamiento. También ha habido trágicos sucesos que no podemos
olvidar para que no se vuelvan a producir.
El Servicio
Jesuita a Migrantes (SJM)-España y Cáritas Española valoramos positivamente que
el nuevo Reglamento y su próxima implementación pueden despejar y clarificar
muchas de las denuncias y críticas que los CIE han ido acumulando en los
últimos años desde instancias públicas y privadas.
Sin embargo,
señalamos que, si bien supone un avance, el Reglamento no recoge muchas de las
resoluciones de carácter general de los Juzgados de control de los CIE,
recomendaciones de Defensor del Pueblo y de Fiscalía y observaciones de las
organizaciones sociales que acompañan el día a día de las personas internas.
Quedan fuera
aspectos muy importantes que deberían haber sido recogidos como son:
- El Reglamento regula las condiciones de funcionamiento de los CIE pero no aborda los criterios de ingreso en los CIE. Recordamos que el internamiento es una medida excepcional, último recurso y que debe adoptarse valorando las circunstancias concretas del caso en el momento de solicitar o autorizar el internamiento, sin que sea suficiente la existencia de una orden de expulsión o devolución.
- Las funciones atribuidas a los servicios sociales no son acordes con la importancia de estos servicios en la detección y protección, por ejemplo, de posibles solicitantes de asilo, menores, víctimas de trata o violencia sexual y otros perfiles vulnerables.
- No se incluye el deber de informar y explicar a las personas extranjeras las causas por las que están en el CIE así como de las resoluciones administrativas y judiciales que se vayan produciendo durante su estancia.
- No se recoge la obligación de que el traslado de personas desde los CETI de Ceuta y Melilla a los CIE vaya acompañado del traslado y entrega de su historial médico, a pesar de las implicaciones que ello tuvo en 2011 para la vida de Samba Martine y del protocolo de derivación médica que en 2013 firmaron el Ministerio del Interior y el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y que a fecha de hoy, no se está cumpliendo.
- La tramitación de quejas al Juzgado de control de cada centro no aúna el secreto de las comunicaciones y el derecho a la intimidad de las personas internadas con el principio de la celeridad, asegurando que estas quejas se entreguen al Juez de control rápidamente.
- Es incomprensible y alarmante la introducción de vigilancia con armas de fuego con carácter general en los CIE. Los CIE siempre han sido espacios sin armas de fuego.
- Se excluye del ámbito reglamentario las Salas de inadmisión de los aeropuertos, dejando esos espacios en un limbo legal.
Madrid, 17
de marzo de 2014
Cristina
Manzanedo (SJM): 91 5902672 - Prensa:
Marisa Salazar 619.26.89.39
Un saludo.
Compañía de
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