viernes, 25 de enero de 2013

Mensaje para la paz 1989: "Para construir la paz, respeta las minorías"

Mensaje del Papa JUAN PABLO II para la celebración de la XXII JORNADA MUNDIAL DE LA PAZ
1 de enero de 1989

PARA CONSTRUIR LA PAZ, RESPETA LAS MINORÍAS

Introducción.

1. «Desde el siglo XIX se ha desarrollado y afianzado en todo el mundo una tendencia en el campo político, por la cual acontece que los hombres de una misma etnia quieren ser independientes y constituirse en una única nación.
Y dado que esto, por un conjunto de circunstancias, no siempre puede llevarse a cabo, resulta que las minorías étnicas se encuentran frecuentemente dentro de los confines nacionales de otra raza, lo cual plantea problemas de extrema gravedad» (Enc. Pacem in terris, III).
Con estas palabras mi Predecesor Juan XXIII indicaba, hace veinticinco años, una de las cuestiones más delicadas de la sociedad contemporánea, que, con el correr del tiempo, ha venido a ser cada vez más urgente, porque ésta contempla tanto la organización de la vida social y civil de cada país, como la vida de la Comunidad internacional.
Es por esto que queriendo elegir un tema específico para la próxima Jornada Mundial de la Paz, considero oportuno proponer a la reflexión común el problema de las minorías, siendo todos muy conscientes de que, como ha afirmado el Concilio Vaticano II, «la paz no es la mera ausencia de la guerra, ni se reduce al solo equilibrio de las fuerzas adversarias» (Gaudium et spes, 78 ), sino que es un proceso dinámico que ha de tener en cuenta todos los elementos, así como las causas que la favorecen o la perturban.
Es indudable que en este momento de distensión internacional, debido a acuerdos y mediaciones que permiten entrever posibles soluciones en favor de los pueblos víctimas de conflictos sangrientos, la cuestión de las minorías está adquiriendo una importancia considerable y ha de constituir, por tanto, para todo dirigente político o responsable de grupos religiosos, y para toda persona de buena voluntad, objeto de atenta reflexión.

2. En casi todas las sociedades existen hoy unas minorías, como comunidades que tienen su origen en tradiciones culturales diversas, en sus raíces raciales o étnicas, en sus creencias religiosas o también en sus vicisitudes históricas; unas son antiguas, otras más recientes. Las situaciones en que viven son tan diferentes que es casi imposible presentar un cuadro completo. Por un lado, existen grupos incluso muy pequeños capaces de defender y afirmar la propia identidad, que están muy integrados en las sociedades a las que pertenecen. En algunos casos estos grupos minoritarios consiguen imponer incluso su predominio sobre la mayoría en la vida pública. Por otro lado, se observan unas minorías que no ejercen influencia alguna y no gozan plenamente de sus derechos, es más, se encuentran en situaciones de sufrimiento y malestar.
Esto puede llevar a estos grupos a una resignación apática o a un estado de convulsión, e incluso a la rebelión. Sin embargo, ni la pasividad ni la violencia son caminos adecuados para una auténtica paz.
Algunas minorías tienen en común además otra experiencia: la separación o la marginación. Es cierto que, a veces, un grupo puede escoger deliberadamente el vivir separado para proteger su cultura, pero más a menudo es también verdad que las minorías se encuentran ante barreras que las aíslan del resto de la sociedad. En este contexto, mientras la minoría tiende a encerrarse en sí misma, la población mayoritaria puede adoptar una actitud de rechazo del grupo minoritario en su conjunto, o de cada uno de sus miembros. Cuando esto se verifica, ellos no son capaces de contribuir activa y creativamente a una paz basada en la aceptación de las legítimas diferencias.

Principios fundamentales.

3. En una sociedad nacional, compuesta por diferentes grupos humanos, dos son los principios comunes que no es posible anular, sino que deben ser el fundamento de toda organización social.
El primer principio es la inalienable dignidad de cada persona humana, sin distinciones relativas a su origen racial, étnico, cultural, nacional o a su creencia religiosa. Ninguna persona existe por sí sola, sino que halla su plena identidad en su relación con los demás. Lo mismo se puede afirmar de los grupos humanos.
En efecto, éstos tienen derecho a su identidad colectiva que ha de ser tutelada conforme a la dignidad de cada uno de sus miembros. Este derecho permanece inalterado incluso en los casos en los que el grupo, o alguno de sus miembros, actúe contra el bien común. En estos casos la presunta acción ilícita ha de ser examinada por la autoridad competente sin que por ello sea condenado todo el grupo, pues esto va contra la justicia. A su vez, los miembros de las minorías tienen la obligación de tratar a los demás con el mismo respeto y sentido de la dignidad.
El segundo principio se refiere a la unidad básica del género humano, que tiene su origen en un único Dios creador, el cual, según la expresión de la Sagrada Escritura, «creó, de un solo principio, todo el linaje humano, para que habitase sobre toda la faz de la tierra» (Act 17, 26). La unidad del género humano comporta que la humanidad entera, por encima de sus divisiones étnicas, nacionales, culturales y religiosas constituya una comunidad, sin discriminación entre los pueblos, y que tienda a la solidaridad recíproca. La unidad exige también que la diversidad de los miembros de la familia humana se ponga al servicio de un afianzamiento de la misma unidad, en vez de ser motivo de división.
La obligación de aceptar y tutelar la diversidad no corresponde únicamente al Estado o a los grupos. Cada persona, como miembro de la única familia humana, debe comprender y respetar el valor de la diversidad entre los hombres y orientarlo al bien común. Una inteligencia abierta, deseosa de conocer mejor el patrimonio cultural de las minorías con las que se relaciona, contribuirá a eliminar las actitudes fundadas en prejuicios que obstaculizan unas sanas relaciones sociales. Se trata de un proceso que se ha de seguir constantemente, ya que semejantes actitudes reaparecen, con mucha frecuencia, bajo nuevas formas.
La paz de la única familia humana exige un desarrollo constructivo de lo que nos distingue como individuos y como pueblos, y de lo que representa nuestra propia identidad. Por otro lado, la paz exige además una disponibilidad por parte de todos los grupos sociales —estén o no constituidos como Estado— para contribuir a la edificación de un mundo pacífico. La micro-comunidad y la macro-comunidad están unidas por unos derechos y deberes recíprocos, cuya observancia ayuda a consolidar la paz.

Derechos y deberes de las minorías.

4. Una de las finalidades del Estado de derecho es que todos los ciudadanos puedan gozar de la misma dignidad e igualdad ante la ley. No obstante, la existencia de minorías como grupos identificables dentro un Estado plantea la cuestión de sus derechos y deberes específicos .
Muchos de estos derechos y deberes conciernen precisamente a la relación que se establece entre los grupos minoritarios y el Estado. En algunos casos, los derechos han sido codificados y las minorías gozan de una tutela jurídica específica. Pero a veces, incluso donde el Estado asegura dicha tutela, las minorías sufren discriminaciones y exclusiones de hecho; en tales casos, el Estado mismo tiene la obligación de promover y favorecer los derechos de los grupos minoritarios, pues la paz y seguridad interna podrán ser garantizadas sólo mediante el respeto de los derechos de aquéllos que se hallan bajo su responsabilidad.

5. El primer derecho de las minorías es el derecho a existir. Este derecho puede no ser tenido en cuenta de modos diversos, pudiendo llegar hasta el extremo de ser negado mediante formas evidentes o indirectas de genocidio. El derecho a la vida, en cuanto tal, es un derecho inalienable, y un Estado que persiga o tolere actos que ponen en peligro la vida de sus ciudadanos, pertenecientes a grupos minoritarios, viola la ley fundamental que regula el orden social.

6. El derecho a existir puede también sufrir menoscabo mediante formas más sutiles. Algunos pueblos, particularmente los calificados como autóctonos o aborígenes, han tenido siempre con su tierra una relación especial, que está unida a su misma identidad, a sus tradiciones tribales, culturales y religiosas. Cuando las poblaciones indígenas se ven privadas de su tierra pierden un elemento vital de su existencia y corren el riesgo de desaparecer como pueblo.

7. Otro derecho que se debe salvaguardar es el derecho de las minorías a defender y desarrollar su propia cultura. No es infrecuente el caso de grupos minoritarios en peligro de extinción cultural. De hecho, en algunos lugares se ha adoptado una legislación que no les reconoce el derecho al uso de la propia lengua. A veces, se han impuesto también cambios patronímicos y toponímicos. En algunas ocasiones, las minorías ven ignoradas sus expresiones artísticas y literarias, y no encuentran espacio suficiente en la vida pública para sus fiestas y otras celebraciones; todo esto puede llevar a la pérdida de una rica herencia cultural. En íntima relación con este derecho está el de mantener relaciones con los grupos que tienen una herencia cultural e histórica común y que viven en territorios de otros Estados.

8. Aquí haré solamente una breve mención del derecho a la libertad religiosa, ya que ha sido el tema del Mensaje para la Jornada Mundial de la Paz del año pasado. Este es un derecho que, además de a las personas, compete a todas las Comunidades religiosas, e incluye la libre manifestación tanto individual como colectiva de la propia convicción religiosa. De todo ello se sigue que estas minorías han de poder celebrar comunitariamente su culto según sus propios ritos. Estas mismas minorías deben contar con la posibilidad de impartir la educación religiosa mediante una enseñanza adecuada, así como disponer de los medios necesarios.
Es importante además que el Estado asegure y promueva eficazmente la tutela de la libertad religiosa, particularmente cuando, junto a una gran mayoría de creyentes de una religión determinada, existen uno o más grupos minoritarios pertenecientes a otra confesión.
Por último, se debe garantizar a las minorías religiosas una justa libertad de intercambios y de relaciones con otras comunidades, tanto dentro como fuera del propio ámbito nacional.

9. Los derechos fundamentales de la persona han sido sancionados en la actualidad en diversos Documentos internacionales y nacionales. Por esenciales que sean tales instrumentos jurídicos, no son suficientes sin embargo para superar unos prejuicios y desconfianzas profundamente arraigados, ni para eliminar aquellos modos de pensar que inspiran acciones dirigidas contra miembros de grupos minoritarios. La asimilación de la ley en el comportamiento humano constituye un proceso lento y profundo, sobre todo de cara a la eliminación de semejantes actitudes, pero no por ello este proceso es una tarea menos urgente. No solamente el Estado, sino también cada persona tiene la obligación de hacer lo posible por alcanzar esta meta: el Estado, sin embargo, puede jugar un papel importante favoreciendo la promoción de iniciativas culturales y de intercambios que faciliten la comprensión mutua, así como la promoción de programas educativos que ayuden a formar a los jóvenes en el respeto a los demás y a rechazar todos los prejuicios, muchos de los cuales son fruto de la ignorancia. Los padres tienen asimismo una gran responsabilidad, ya que los niños observando aprenden mucho y están inclinados a adoptar las actitudes de sus padres respecto a otros pueblos y grupos.
No cabe duda de que el desarrollo de una cultura basada en el respeto a los demás es esencial en la construcción de una sociedad pacífica; pero desgraciadamente es evidente que la práctica efectiva de este respeto encuentra actualmente bastantes dificultades.
En concreto, el Estado debe vigilar para que no se den nuevas formas de discriminación, como, por ejemplo, en la búsqueda de vivienda o de empleo. Las medidas de los poderes públicos en este terreno a menudo son complementadas de modo encomiable por generosas iniciativas de asociaciones de voluntarios, de organizaciones religiosas, de personas de buena voluntad, que tratan de reducir las tensiones y fomentar una mayor justicia social, ayudando a tantos hermanos y hermanas a encontrar un empleo y una vivienda digna.

10. Surgen problemas delicados cuando un grupo minoritario presenta determinadas reivindicaciones que tienen particulares implicaciones políticas. A veces ocurre que el grupo busca la independencia o, por lo menos, una mayor autonomía política.
Deseo reiterar que en esas circunstancias delicadas el diálogo y la negociación son el camino obligado para alcanzar la paz. La disponibilidad de las partes a aceptarse y a dialogar es un requisito indispensable para llegar a una solución justa de los complejos problemas que pueden atentar seriamente la paz. Por el contrario, el rechazo del diálogo puede abrir la puerta a la violencia.
En algunas situaciones de conflicto, grupos terroristas se arrogan de modo indebido el derecho exclusivo de hablar en nombre de las comunidades minoritarias, privándoles así de la posibilidad de elegir libre y abiertamente sus propios representantes y de buscar, sin intimidación alguna, las soluciones adecuadas. Además, los miembros de esas comunidades sufren con demasiada frecuencia a causa de los actos de violencia cometidos abusivamente en su nombre.
Presten atención cuantos han optado por la vía inhumana del terrorismo. Atacar indiscriminadamente, matar a personas inocentes o llevar a cabo represalias sangrientas no favorece una justa valoración de las reivindicaciones presentadas por las minorías en favor de las cuales pretenden actuar (cfr. Enc. Sollicitudo rei socialis, 24).

11. Todo derecho comporta unos deberes correlativos. Los miembros de los grupos minoritarios tienen también sus propios deberes respecto a la sociedad y al Estado donde viven; en primer lugar, el deber de cooperar, al igual que todos los demás ciudadanos, al bien común. En efecto, las minorías deben ofrecer su aportación específica para la construcción de un mundo pacífico que refleje la rica diversidad de todos sus habitantes.
En segundo lugar, el grupo minoritario tiene el deber de promover la libertad y la dignidad de cada uno de sus miembros y de respetar las decisiones de cada individuo, incluso cuando uno de ellos decidiera pasar a la cultura mayoritaria.
En situaciones de manifiesta injusticia corresponde a los grupos de las minorías emigrados al extranjero reclamar el respeto de los legítimos derechos para los miembros de su grupo, que han quedado oprimidos en el lugar de origen e impedidos de hacer oír su voz. Sin embargo, en estos casos ha de usarse una gran prudencia y un claro discernimiento, especialmente cuando no se poseen informaciones objetivas sobre las condiciones de vida de las poblaciones afectadas.
Todos los miembros de grupos minoritarios, estén donde estén, han de saber valorar conscientemente el fundamento de sus reivindicaciones a la luz de la evolución histórica y de la realidad actual. El no hacerlo comportaría el riesgo de permanecer prisioneros del pasado y sin perspectivas para el futuro.

Para construir la paz.

12. En las reflexiones precedentes se va delineando el perfil de una sociedad más justa y pacífica, en cuya implantación todos tenemos la responsabilidad de contribuir con el mayor esfuerzo posible. Su realización requiere un gran empeño por eliminar no sólo la discriminación manifiesta, sino también todas aquellas barreras que dividen a los grupos. La reconciliación según la justicia, respetuosa de las legítimas aspiraciones de todos los que forman la comunidad, debe ser la norma. En todo, y por encima de todo, la paciente tarea para tejer una convivencia pacífica encuentra vigor y realización en un amor que abarca a todos los pueblos. Este amor puede expresarse en innumerables modos concretos de servicio a la rica diversidad del género humano, uno en su origen y destino.
La conciencia creciente que hoy se advierte a todos los niveles ante la situación de las minorías, constituye en nuestro tiempo un signo de esperanza para las generaciones futuras y para las aspiraciones de estos grupos minoritarios. De hecho, el respeto hacia ellos de alguna manera es considerado como un punto de referencia para una armoniosa convivencia social y como índice de la madurez civil alcanzada por un País y por sus instituciones. En una sociedad realmente democrática, el garantizar la participación de las minorías en la vida pública es signo de elevado progreso civil, lo cual honra a aquellas naciones en las que se garantiza a todos sus ciudadanos esa forma de participación en un clima de verdadera libertad.

13. Finalmente, deseo dirigir una llamada especial a mis hermanas y hermanos en Cristo. Todos sabemos por la fe independientemente de nuestro origen étnico y de donde vivamos que en Cristo «unos y otros tenemos libre acceso al Padre en un mismo Espíritu», porque hemos llegado a ser «familiares de Dios» (Ef 2, 18 19). Como miembros de la única familia de Dios, no podemos tolerar divisiones o discriminaciones entre nosotros.
Cuando el Padre envió a su Hijo a la tierra le confió la misión de la salvación universal. Jesús vino para que todos «tengan vida y la tengan en abundancia» (Jn 10, 10). Ninguna persona, ningún grupo está excluido de esta misión de amor unificador que ahora nos ha sido confiada a nosotros. También nosotros debemos rezar como hizo Jesús concretamente en la víspera de su muerte, con aquellas sencillas y sublimes palabras: «Como tú, Padre, en mí y yo en ti, que ellos también sean uno en nosotros». (Jn 17, 21).
Esta plegaria debe constituir también nuestro programa de vida, nuestro testimonio, pues, como cristianos tenemos un Padre común, el cual no hace acepción de personas y «ama al forastero, a quien da pan y vestido» (Dt 10, 18).

14. Cuando la Iglesia habla de discriminación en general, o —como en este Mensaje— de la discriminación particular que afecta a los grupos minoritarios, se dirige ante todo a sus propios miembros, cualquiera que sea su posición o responsabilidad en la sociedad. Puesto que en la Iglesia no puede haber ningún tipo de discriminación, tampoco ningún cristiano puede conscientemente alentar o apoyar estructuras y actitudes que dividan a unas personas de otras, a unos grupos de otros. La misma enseñanza debe aplicarse a quienes hacen uso de la violencia y la apoyan.

15. Al concluir, quisiera expresar mi cercanía espiritual a los miembros de los grupos minoritarios que aún sufren. Conozco sus momentos de dolor y los motivos de legítimo orgullo. Elevo mi plegaria para que las pruebas a las que se ven sometidos cesen lo antes posible, y que todos puedan gozar de su propios derechos. Por mi parte, pido el apoyo de la plegaria para que la paz que buscamos sea cada vez más la verdadera paz, edificada sobre la «piedra angular» (Ef 2, 20-22), que es Cristo.

Que Dios os bendiga a todos con el don de su paz y de su amor.

Vaticano, 8 de diciembre de 1988.
JOANNES PAULUS PP. II

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